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0109 acoso
1 de septiembre de 2021

Expertas destacan avance en la toma de conciencia sobre maltrato, acoso laboral y acoso sexual

El país se encuentra en una fase en que se ha ido tomando conciencia de que las conductas de maltrato, acoso laboral y acoso sexual no pueden tolerarse, hay que denunciarlas y los procesos investigativos deben ser ágiles y, cuando corresponda, derivar en sanciones efectivas y de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

Así lo subrayaron Andrea Reyes y Gloria Fuentes, profesionales del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género, al abordar el tema en un encuentro telemático con funcionarios y funcionarias de Justicia y Derechos Humanos.

En la actividad, organizada por Gestión y Desarrollo de Personas del MinjuDDHH, las expertas puntualizaron que, históricamente, las organizaciones han reproducido estereotipos de género, minimizando las situaciones de violencia laboral que afectan a las mujeres. En este marco, han sido muy valiosos los avances en materia normativa, a partir de instrumentos internacionales, entre los que destaca la Convención para la Eliminación de la Discriminación contra las Mujeres (Cedaw – 1979); y la progresiva introducción de disposiciones legales nacionales. Es así como, además de normas generales de carácter constitucional y legal, hay que destacar la Ley N° 20.005, que tipifica y sanciona el acoso sexual; y la Ley N° 20.607, que tipifica el acoso laboral.

En el ámbito público, aparte de las disposiciones de Bases Generales de la Administración de Estado y del Estatuto Administrativo, es muy importante el Instructivo Presidencial sobre Igualdad de Oportunidades y Prevención y Sanción del Maltrato, Acoso Laboral y Sexual (2018), que busca promover y garantizar igualdad de derechos entre hombres y mujeres y elevar las exigencias de las disposiciones en materia de prevención, denuncia, investigación y sanción del maltrato, acoso laboral y sexual en la Administración Central del Estado.

Reyes y Fuentes indicaron que este es un instrumento que se difunde constantemente por el Servicio Civil -que debe asegurar el cumplimiento de estándares en gestión de personas- y por el MinMujeryEG, poniendo énfasis en que se requiere pasar a un nuevo orden en que todo/a funcionario/a esté al tanto de las conductas que no serán permitidas a jefaturas ni a compañeros/as de labores; que se genere mayor confianza en los organismos a cargo de recibir denuncias (hoy hay muchos casos en que se denuncian a instancias externas); que los procedimientos sean claros, tanto para facilitar las denuncias como investigar  y sancionar; que las investigaciones se resuelvan con mayor prontitud (y no duren años); y que las sanciones sean acordes con la gravedad de los hechos (y no meros llamados de atención). Puntualizaron las expositoras que aún falta mucho para verificar avances significativos y reducción de casos al mínimo.

Cabe hacer notar que el año pasado, en el ámbito público, hubo 542 denuncias de maltrato (150 de hombres y 392 de mujeres); 600 denuncias formales de acoso laboral (186 de hombres y 414 de mujeres); y 146 denuncias formales de acoso sexual (17 de hombres y 129 de mujeres). Numerosas denuncias (260) incorporan dos o más conductas simultáneas reprobables. Además se tiene conocimiento de al menos 188 casos en los que hubo agresiones y no fueron denunciadas formalmente.

Andrea Reyes y Gloria Fuentes enfatizaron que hay que seguir trabajando para que las relaciones laborales se enfrenten con perspectiva de igualdad de género, por cuanto ello favorecerá un clima de respeto, buen trato y libre de discriminaciones.