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seremi
1 de septiembre de 2020

[O'HIGGINS] Ley corta para asegurar el pago de las pensiones alimenticias

Seremi de Justicia y Derechos Humanos de la Región de O’Higgins, Bárbara Perry, explica en columna publicada por el diario El Tipógrafo, la posibilidad de retener el 10% de las cotizaciones previsionales, si es que le adeudan la pensión alimenticia.

“Con la reforma constitucional recién aprobada que contempla la posibilidad que tiene toda persona de retirar el 10% de sus cotizaciones previsionales de las AFP, ha emergido con toda la brutalidad que ello conlleva, el drama de tantas madres y sus hijos  a los cuales por años se les adeudan pensiones alimenticias y que han esperado pacientemente  que su deudor se digne a pagarlas” explica la Seremi.

Y dice que “el sistema judicial actual no tiene marco legal vigente que permita a los tribunales actuar con la celeridad y eficacia necesarios para asegurar que las personas a quienes se les adeudan pensiones de alimentos vencidas, puedan efectivamente solucionar esa obligación con los fondos que podría retirar el deudor  de su cuenta de AFP. Por ello, el Gobierno a través de los Ministerios de Justicia y DDHH y Ministerio del  Trabajo,  presentó un proyecto de ley que ya fue aprobado, y que refuerza las facultades y obligaciones de los jueces y facilita la acción de los demandantes para asegurar la retención de los fondos mientras se mantenga vigente la deuda y mientras no haya garantías suficientes para su pago ; de esta forma y actuando mancomunadamente con el Poder judicial, que dicho sea de paso, ya ha adoptado las medidas necesarias para anticiparse a la gran afluencia de público que concurrirá a los Tribunales de Familia, se persigue fortalecer la potestad cautelar que tienen los jueces para retener los fondos previsionales ya sea actuando de oficio o por decisión propia al constarle la existencia de la deuda  o actuando a petición de parte o solicitud del demandante, logrando  así el pago efectivo de la deuda de alimentos pendientes ; todo lo anterior sin necesidad de engorrosas notificaciones judiciales o de dar traslado para escuchar al demandado, sino que resolviendo de plano dicha solicitud de retención  en el menor tiempo posible y debiendo solo notificar por vía electrónica a la AFP que corresponda”.

Asimismo explica: “la iniciativa legislativa contempla la obligación que tiene todo cotizante que requiera el retiro del 10% de sus fondos, de declarar ante la AFP si tiene o no tiene deudas por pensión de alimentos, y en caso de dar una declaración falsa, la AFP deberá enviar los antecedentes al Ministerio público a fin de perseguir la responsabilidad legal que corresponda.

Con este proyecto de ley se pretende evitar que las deudas de pensiones de alimentos atrasadas queden solo en el limbo de la oficina judicial virtual y puedan pagarse efectivamente   con el patrimonio del deudor , el cual en ocasiones olvida que sus hijos deben comer, vestirse y educarse todos los días”.