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Post Covid (2)
24 de marzo de 2021

Ministerio de Justicia anuncia que proyecto de reforma al sistema de justicia comenzará a aplicarse de inmediato, independiente del Estado de Excepción

Esta miércoles la Comisión de Constitución del Senado retomó la tramitación del proyecto de ley que introduce reformas y perfeccionamientos al sistema de justicia, para cuando culmine el Estado de Excepción.

En la sesión estuvo presente el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, quien instó a los senadores a avanzar lo más rápido posible en la aprobación de este proyecto ­­–que se encuentra con discusión inmediata– , ya que los tribunales han sufrido grandes atochamientos como consecuencia de la pandemia y se necesita una solución de cara a la ciudadanía.

De hecho, durante la sesión, el Ministro Larraín anunció que, considerando que este proyecto de ley regula de mejor manera el funcionamiento del sistema de justicia en general, tomando en consideración los aprendizajes que ha dejado la pandemia, se incorporará un artículo para implementar apenas se publique en el Diario Oficial las reformas que esta ley propone, independiente de si existe Estado de Excepción.

Al respecto, el Ministro Hernán Larraín señaló que “aprobar este proyecto es urgente para poder atender la situación de mucha gente que ha visto afectados sus derechos producto de la pandemia, por los atochamientos que se han producido en Tribunales, pero a su vez, es urgente porque institucionaliza todo lo que hemos aprendido, como por ejemplo es la eficacia que tienen los medios telemáticos en determinados procesos”.

 

Post Covid (3)

1) PROPUESTAS PARA DAR MAYOR EFICIENCIA DEL SISTEMA DE JUSTICIA ANTE LA SOBRECARGA DE TRABAJO

Reformas a la justicia penal:

• Nueva oportunidad para solicitar y decretar el procedimiento abreviado, los acuerdos reparatorios, la suspensión condicional del procedimiento y el arribo de convenciones probatorias. Creación de una audiencia intermedia para tal fin.

• Obligatoriedad de comparecencia del imputado a la audiencia de preparación de juicio oral. Con ello se busca fomentar la aplicación de salidas alternativas al juicio oral y la celebración de procedimientos abreviados.

• Ampliación permanente del plazo para redacción del fallo, en caso de que su vencimiento coincidiere con un día domingo o festivo

• Se amplían los plazos para la realización de audiencias, para la redacción de sentencias y para la interposición de recursos.

 

Reformas a la justicia civil, laboral y de familia

• Se elimina la figura de las tachas de los testigos (causales de inhabilidad).

• Se refuerza la mediación y los métodos alternativos resolución de conflictos. Se faculta, además, la realización de audiencias de mediación remotas por videoconferencia con el acuerdo de las partes.

• Se racionaliza el uso de las audiencias, en algunos asuntos sencillos de resolver en Tribunales de Familia. Así por ejemplo, en divorcio, se resolverán automáticamente las demandas de mutuo acuerdo.

• Se amplía la cobertura del procedimiento monitorio laboral, aumentando su cuantía, de modo de canalizar más juicios del trabajo por esta vía, permitiendo la resolución de un mayor número de causas pendientes a través de un procedimiento más ágil y concentrado.

 

2) PROPUESTAS PARA LIMITAR LA PRESENCIA FÍSICA DE LAS PERSONAS:

 

En materia de justicia penal

• Posibilidad de que el tribunal decrete el desarrollo de audiencias vía remota, incluyendo la audiencia de juicio oral ordinario y de juicio oral simplificado, siempre y cuando tal modalidad no afecte las garantías básicas del debido proceso.

 

En materias de justicia civil, laboral y de familia

• Se regula para civil, laboral y de familia una modalidad de funcionamiento extraordinario y transitorio de los tribunales por un periodo máximo de un año, a través de audiencias y alegatos remotos, como régimen obligatorio, tras el cese del estado de excepción constitucional.

• Se facilita la constitución del mandato judicial, permitiendo el uso de firma electrónica simple.

• Se simplifican las notificaciones y se promueve su uso electrónico.

• Se establece la posibilidad de que las subastas públicas puedan realizarse por medios remotos, en la medida en que el juez así lo decrete.

• Se faculta a los tribunales a efectuar los pagos deban realizar por medio de transferencia electrónica. En la actualidad el tribunal sólo puede realizar el pago a través del giro de cheques.

• Se permite el juramento de peritos y auxiliares de la administración de justicia por vía remota.

 

Diagnóstico: ¿cómo ha sido el funcionamiento de los tribunales de justicia desde el inicio de la crisis sanitaria?

 

Para el trabajo realizado se tuvo la vista el funcionamiento de los tribunales de justicia durante el periodo de excepción constitucional y se comparó con los datos de ingresos y audiencias durante un año promedio.

Así pudo apreciarse que en materia penal si bien los ingresos a los juzgados de garantía se mantuvieron prácticamente invariables desde el inicio de la crisis sanitaria, al revisar las audiencias realizadas se evidencia una drástica reducción de un 68% y de un 65% respectivamente, en relación con el promedio histórico. El motivo para la no realización de las audiencias correspondió en más de un 80% de los casos a razones vinculadas con la emergencia sanitaria.

Por otra parte, en los Tribunales de Familia, se evidencia una considerable baja de ingresos desde el inicio de la pandemia disminuyendo en hasta un 52% en comparación al promedio de años anteriores. En materia laboral y civil, las cifras de ingresos se han mantenido relativamente estables, sin embargo tanto en esas materias como también en familia se ha evidenciado una baja considerable en la realización de audiencias.

En efecto, en materia laboral las audiencias han disminuido en un 70% y un 80% en materia de familia, en comparación con el promedio del año 2018.

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